ECOTRIBUNA AGRARIA: Un paso importante hacia la simplificación y la armonización: los residuos no peligrosos.

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marzo 6, 2017

Por Rocío Pastor, Directora General de SIGFITO Agroenvases.

Lo que se conoce de SIGFITO, es un sistema de recogida volcado en apelar las conciencias de los agricultores para que cumplan con su cometido y cuiden del medio ambiente. Lo que se desconoce por completo y está bien escondido entre los bastidores de la burocracia, son las horas de esfuerzo, reuniones y peticiones a las distintas Administraciones para que hagan de los residuos agrarios en la agricultura un mundo más comprensible, en el que la labor de reciclar no se convierta en “misión casi imposible”, sino más bien lo contrario, una labor fácil y realizable.

La recompensa, después de años de eternas discusiones, la recibimos en diciembre de 2016, con una noticia muy importante al igual que esperada. Los residuos de envases de fitosanitarios dejan de considerarse peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Así lo dictaminó una sentencia del Tribunal Supremo que anula el precepto en el que el Reglamento Andaluz de residuos (Decreto 73/2012) clasificaba todos los envases del sector fitosanitario como peligrosos. Lo importante es que se deja claro que estos residuos en España se clasifican conforme a la lista europea de residuos y sólo es el Gobierno central quien puede cambiar eso.

Dicho esto y para todo aquel que no esté relacionado con la complicada legislación sobre residuos de envases, os voy a explicar de forma concisa y sencilla lo que supone esta anulación.

Lo primero y más importante es que nos debe permitir modificar nuestra autorización en Andalucía para que los agricultores no tengan que entregar por separado los envases que han contenido productos fitosanitarios y los que no. Actualmente en Andalucía, los agricultores tienen la obligación de, además de separar por material los tipos de envases, discriminar sus residuos según el producto contenido. La Comunidad Autónoma exige al agricultor dicha separación argumentando que los envases de fitosanitarios son siempre residuos peligrosos, y por lo tanto, deben ir separados del resto de envases. El resultado de todo esto es que el punto de recogida, se ve obligado a instalar 4 contenedores en su recinto, dos en los que se separan el papel y plástico rígido de los fitosanitarios, y otros dos para separar sendos materiales de envases no fitosanitarios.

Gracias a esta decisión judicial, podremos simplificar tanto la entrega como la recogida de envases, y el agricultor sólo tendrá que separar por material y no por producto.

Tenemos la esperanza de que este cambio en Andalucía allane el camino de otras  comunidades como Asturias, Cantabria, Castilla y León, Madrid, Murcia y Valencia, en las que se nos exige también la separación por producto, es decir las 4 sacas. A partir de ahora, con el respaldo y los argumentos de esta decisión judicial, SIGFITO va a trabajar para que exista un modelo de recogida único y simplificado en todo el territorio nacional.

 

En la Comunidad de Madrid ya está presentado un recurso similar, y si fuera favorable tendríamos muchas ventajas, ya que en la futura regulación de la ley se prevé la existencia de una autorización única para todo el territorio nacional. A SIGFITO por tener su sede social en Madrid, le corresponde regirse por la Autorización de la Comunidad de Madrid para operar a nivel nacional.

 

De correr la misma suerte que en Andalucía conseguiremos nuestro ansiado deseo: simplificar el sistema en todo el territorio, asumiendo las mismas obligaciones que nuestros vecinos europeos y no más.

 

 

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