PLANES EMPRESARIALES DE PREVENCIÓN (PEP)
Los envasadores que en un año natural superen los umbrales abajo descritos están obligados (RD 782/98) a elaborar un Plan Empresarial de Prevención (PEP).
El reglamento que desarrolla la Ley 11/97 de Envases y Residuos de Envases obliga a los envasadores a elaborar planes de prevención cuando la totalidad de envases puestos en el mercado a lo largo de un año natural superen unos umbrales determinados en el mismo.
Umbrales
• 250 toneladas, si se trata exclusivamente de vidrio.
• 50 toneladas, si se trata exclusivamente de acero.
• 30 toneladas, si se trata exclusivamente de aluminio.
• 21 toneladas, si se trata exclusivamente de plástico.
• 16 toneladas, si se trata exclusivamente de madera.
• 14 toneladas, si se trata exclusivamente de cartón o materiales compuestos.
• 350 toneladas, si se trata de varios materiales y cada uno de ellos no supera las anteriores cantidades de forma individual.
Los envasadores pueden cumplir con esta obligación participando en un PEP sectorial elaborado por un Sistema. SIGFITO ofrece a sus Empresas Adheridas la participación en su plan, siendo responsable de la elaboración, presentación ante la Comunidades Autónomas (siempre que haya un mínimo de tres empresas interesadas) y seguimiento del mismo; mientras que la ejecución y la responsabilidad última de su cumplimiento correspondería a las Empresas Adheridas o envasadores.
Prevención en origen
De esta forma, SIGFITO es fiel a su compromiso con la difusión y concienciación de la prevención en origen y el dictamen de la conciencia medioambiental de sus Empresas Adheridas.
CERTIFICADO ANUAL DE ENVASES

Además, de este Certificado, SIGFITO facilita periódicamente a la Administración el listado de las empresas que están adheridas al SIG.