En el boletín anterior tratamos la documentación necesaria para la gestión de los residuos. En este último apartado abordaremos los aspectos normativos que afectan a la entrega del residuo, transporte y posible pérdida de residuos
Entrega del residuo
NORMA GENERAL.
Los residuos siempre deben entregarse a una empresa de tratamiento autorizada, y en ningún caso a gestores de residuos que no lo estén. Para saber a qué empresas puedes confiar la gestión de los residuos, debes consultar la página web de la Consejería de Medio ambiente de tu Comunidad Autónoma.
SIGFITO.
Los envases marcados con el logotipo de SIGFITO pueden entregarse también en los puntos de recogida y éstos deben entregarlo exclusivamente al gestor de SIGFITO y no a ningún otro agente.
Transporte
NORMA GENERAL
Para que un transportista o gestor de residuos pueda recoger y trasladar residuos peligrosos debe notificarlo previamente tanto a la Comunidad Autónoma de origen como a la de destino. Esta notificación debe realizarse con 10 días de antelación a la fecha prevista de recogida.
SIGFITO
El plazo legal de 10 días implica que las recogidas de SIGFITO no puedan realizarse de manera inmediata.
Pérdida de residuos
NORMA GENERAL
En caso de desaparición o pérdida de residuos peligrosos el productor debe informar inmediatamente a la administración ambiental competente.
SIGFITO
Es el punto de recogida quien debe denunciarlo.